jueves, 19 de febrero de 2009

MEJOR LABOR EN FAVOR DE ALHAMA

El Patronato de Estudios Alhameños acaba de publicar los Premios correspondientes al pasado año 2.008, entre los que destacamos el otorgado a D. Javier Bermúdez Sánchez, Doctor en Derecho Administrativo por la Universidad Autónoma de Madrid y autor, entre otros, del tratado jurídico "Aguas Comunes, Minerales y Termales", editado por Comares en el año 2.007.
Como recordaran los vecinos de Alhama, este libro fué presentado por el propio autor, en nuestro pueblo en Mayo de 2.007, en el Salon de la Casa del Sacristan, amablemente cedido por el Párroco, con numerosa asistencia de publico que tuvo ocasión de comprobar la calidez humana, la excelente comunicación de un tema jurídico y la amabilidad de este experto jurídico en Minas al dedicar su libro al pueblo de Alhama mediante las siguientes palabras:
"A los ciudadanos de Alhama de Granada, por su defensa de las aguas termales.

Mientras el Estado o el Concejo identifican el Bien Común con la promoción de los patrimonios privados, solo algunos ciudadanos velan los prodigios que no reparten dividendos y persiguen la justicia en el pliegue de las leyes"

Como dice el refrán "nunca es tarde si la dicha es buena" y a nuestro entender es mucha la dicha que proporciona el hecho de que existan, también en el farragoso mundo de las leyes, hombres y mujeres que por el respeto y dedicación absoluta que otorgan a su disciplina profesional, ignorando ofensas ocasionales y malintencionadas, cumplan escrupulosamente con la labor encomendada a ellos en un Estado de Derecho. Desde que el Sr. Bermúdez Sánchez tuvo a bien acudir a Alhama, en Diciembre de 2.004, para explicar a propios y extraños la situación jurídica de las Aguas Termales Comunales de Alhama (Hospital de la Reina), tiempo ha tenido el Patronato y nuestro Ayuntamiento para reconocer y agradecer su labor en beneficio del Pueblo de Alhama pero, no ha sido hasta ahora, debido quizás al Informe de Las Cortes Generales (Defensor del Pueblo Español) que se le entregue el más mínimo reconocimiento por parte de la "oficialidad" alhameña.
Pero repetimos: Nunca es tarde si la dicha es buena y, conociendo su trabajo y dedicación, casi podemos asegurar que el mejor premio para el Sr. Bermúdez será el comprobar que no solo son "algunos los ciudadanos que velan los prodigios que no reparten dividendos", sino que son muchos más los que estan dispuestos a preservar "la maravilla" como reza en el grabado de 1572.

6 comentarios:

  1. El Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos fundamentales, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de las Administraciones públicas. Al Defensor del Pueblo lo eligen el Congreso de los Diputados y el Senado mediante una votación, en la que se necesita una mayoría de tres quintos.

    El Defensor del Pueblo tiene como misión la protección y defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Además controla que la Administración pública actúe conforme a lo dispuesto en el artículo 103.1 de la Constitución, es decir, que sirva los intereses generales con objetividad y que actúe de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, desconcentración, coordinación, y con sometimiento pleno a la ley y al derecho, prohibiéndose expresamente toda arbitrariedad.

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  2. Pues en Alhama ni contestan a este "Alto Comisionado de Las Cortes Generales" ¿Que le van a contestar si a lo unico que aspiran es a enriquecerse personalmente,con lo que no les pertenece?. Según la historia cercana, fueron los vencedores del golpe de Estado de 1936, los llamados fascistas los que se distribuyeron a su antojo el Patrimonio Nacional, haciendo bueno aquello que decia Batalla: "Son tres patas pá un banco:Secretario,Alcalde y Juez.Que lo negro hacen blanco y lo blanco negro es".¡Que tengamos que ver hoy a algunos mal llamados socialistas hacer lo mismo, es indignante!

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  3. ¿Es que este Sr. Bermúdez se ha hecho socio de Alhama.com?.Esta gente lleva años dandose los premios a ellos mismos.

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  4. Anonimo: A veces pasan cosas que pueden sorprender. Salvando las distancias (entre premios), recuerda al Principe de Asturias entregando sus premios al poeta Mario Benedetti o a Rafael Alberti.
    Yo lo que me pregunto es porqué no se le entrega el premio de Alhameños de Años (con caracter retroactivo)a los integrantes de la Plataforma Ciudadana en Defensa de las Aguas Termales.
    Seguro estaran esperando que el Contencioso que tienen interpuesto les de la razón y entonces lo mismo quitan el Cisne del Paseo y encargan una escultura de la Plataforma para sustituirlo.

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  5. Viendo el articulo 103.1 de la Constitución Española, la pregunta que debería hacer el Defensor del Pueblo al Ayuntamiento de Alhama es si realmente la Administración Pública alhameña está sirviendo con objetividad los intereses generales de Alhama o los intereses particulares de unos empresarios y promotores.
    Los intereses particulares de un empresario son legítimos, siempre que se ajusten a la Ley, pero habría que preguntarse si están por encima de los intereses del pueblo de Alhama en su conjunto, y si esos intereses se ajustan a la legalidad.

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  6. A que intereses sirve el Ayuntamiento de Alhama ya pudo verse en el Pleno de 30 de Abril de 2.007, donde una vez empezado el Pleno se entregó a los Srs. Concejales el documento definitivo del Convenio Lomas del Balneario, redactado y firmado minutos antes en el despacho de Alcaldia.(El presentado entonces era el 3º documento)
    El Defensor del Pueblo no pregunta esas cosas.El Defensor, a la vista de unas quejas fundamentadas, solicita la pertinente documentación al Ayuntamiento y a Minas.El primero no contesta y Minas dice lo que dice: A estas actuaciones son a las que contesta el Informe del Defensor y si no actua ahora poniendo en manos de Fiscalia del Estado el asunto es porque debe inhibirse (de momento) dado que existe un Contencioso Administrativo interpuesto por la Plataforma contra las irregularidades de Minas (primer e inevitable paso).De no estar en marcha este Contencioso,Fiscalia estaba obligada a actuar en consecuencia.
    Los intereses particulares de cualquier empresario son legítimos cuando legitimamente se trabaja en la generación de riqueza, no cuando con una riqueza ajena y pública se especula descaradamente con la aprobación y connivencia de los politicos de turno, por muy adornado que el "paquete" se presente y por buena que sea la empresa publicitaria para "vendernoslo".

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